Monograma FR Dra. Fernanda Ruvini Médica legista · MN 119.691 Medicina Legal Integral Hacer una consulta

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Accidentes laborales y civiles · Enfermedades profesionales

Valoración del daño

Evaluación médico-legal de lesiones y secuelas por accidentes laborales y civiles y por enfermedades profesionales, con análisis del nexo causal y valoración de incapacidad.

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¿Qué es la valoración del daño?

Es la evaluación médico-legal de las lesiones y secuelas de un accidente o una enfermedad. Analiza su relación con el hecho o las condiciones de trabajo que se reclaman y cómo afectan la salud y las actividades de la persona. Cuando corresponde, incluye la determinación de un porcentaje de incapacidad según el baremo aplicable al reclamo.

Criterio de trabajo: las conclusiones se apoyan en el examen clínico, la documentación médica, los estudios complementarios y los antecedentes de cada persona.

En el ámbito laboral

Ante un accidente de trabajo o una enfermedad que pueda estar relacionada con las tareas, la evaluación médico-legal permite analizar las lesiones, las secuelas y su vínculo con el trabajo. También permite evaluar si el alta, el diagnóstico o la incapacidad reconocida por la ART se corresponden con la situación clínica de la persona.

Intervengo como médica de parte: evalúo al trabajador, analizo la documentación y el nexo causal, valoro la incapacidad según el baremo aplicable y elaboro el informe médico-legal. También brindo acompañamiento en Comisiones Médicas y en la pericia médica judicial.

En el ámbito civil

Ante un accidente de tránsito, una caída u otro hecho que cause lesiones, la evaluación médico-legal permite identificar las secuelas, analizar su relación con lo ocurrido y valorar cómo repercuten en la salud y las actividades de la persona. Este análisis aporta el fundamento médico al reclamo por daños.

Intervengo como médica de parte: evalúo a la persona, reviso la documentación, analizo el nexo causal y valoro la incapacidad. Elaboro el informe médico-legal y también brindo acompañamiento en la pericia médica judicial.

Qué evalúo

Lesiones y secuelas

Diagnósticos, tratamientos, evolución y secuelas que persisten.

Nexo causal

Relación entre el hecho o las tareas, el mecanismo de la lesión y el daño actual.

Antecedentes y preexistencias

Diferenciación entre lo que causó el hecho y lo que ya existía o es degenerativo.

Incapacidad

Determinación del porcentaje según el baremo que corresponda a cada reclamo.

Repercusión en las actividades

Cómo afectan las secuelas el trabajo, la autonomía y la vida diaria.

Daño estético

Cicatrices y otras secuelas visibles: ubicación, extensión y repercusión.

Daño psíquico

Secuelas psíquicas vinculadas a lo ocurrido y su valoración según el baremo aplicable.

Qué documentación traer

  • Un relato de lo ocurrido: cómo, cuándo y dónde se produjeron las lesiones.
  • Historia clínica y constancias de atención desde el hecho.
  • Estudios complementarios con sus informes.
  • Indicaciones de tratamiento y de rehabilitación.
  • En lo laboral: denuncia ante la ART, alta y dictamen de la Comisión Médica, si existen.

Preguntas frecuentes

¿Todo diagnóstico genera incapacidad?

No. Tener un diagnóstico no implica, por sí solo, tener incapacidad. Se evalúan las secuelas que persisten y cómo repercuten en la salud y en las actividades de la persona. Una lesión que se recuperó por completo puede no dejar incapacidad permanente.

¿Qué pasa si ya tenía una lesión antes del accidente?

Se analiza cuál era la situación previa y qué cambios produjo el accidente: si causó una lesión nueva o agravó una condición existente. Para eso se consideran los antecedentes, la documentación médica y los estudios disponibles.

Si ya tengo abogado, ¿necesito un informe médico-legal?

Depende del caso y de la etapa del reclamo. El abogado conduce la estrategia jurídica; la evaluación médico-legal aporta fundamentos sobre las lesiones, su relación con el hecho y la eventual incapacidad. Ambos trabajos se complementan.

¿Qué diferencia hay entre el perito de oficio y el médico de parte?

El perito de oficio es designado por el juzgado para realizar la evaluación y responder los puntos de pericia. El médico de parte es elegido por una de las partes para asesorarla, evaluar el caso y aportar fundamentos médicos. Según su intervención, puede elaborar un informe, acompañar el examen pericial y preparar observaciones. Ambos deben trabajar con rigor e independencia de criterio médico.

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